Sitio Web Informativo del Acuerdo

Página Principal de Terceros Pagadores (Third-Party Payor – “TPP”)

Si Usted es Un Tercero Pagador y Realizó Reembolsos por Ciertos Fármacos,

Podría Recibir un Pago Sustancial
De Un Acuerdo Propuesto de Demanda Colectiva



¿De qué trata la Demanda?

A menudo los pagos para fármacos recetados se basan en precios de lista o puntos de referencia. El punto de referencia para precios más comúnmente usado para reembolsar fármacos recetados de marca es el Precio Mayorista Promedio (Average Wholesale Price, “AWP”). Varias compañías, incluyendo FDB y Medi-Span, publican el AWP de fármacos recetados en bases de datos tanto impresas como electrónicas. Con frecuencia, durante el periodo de duración de esta demanda, FDB determinó el AWP para muchos fármacos usando un “factor de margen de ganancia”. La demanda alega que FDB y McKesson conspiraron ilegalmente para inflar el factor de margen de ganancias, incrementando indebidamente así el AWP publicado para muchos fármacos. Según la demanda, esto a su vez aumentó los precios pagados por TPPs que usaron FDB como la fuente para los AWP de los Fármacos en Cuestión (una lista detallada de esos fármacos recetados se encuentra disponible en el enlace que aparece a la izquierda). McKesson niega haber cometido acto indebido alguno y está resolviendo esta demanda para evitar más litigio.

¿Cómo sé si estoy incluido en el Acuerdo Propuesto?

Usted es un Miembro de la Clase del Acuerdo si es un TPP que reembolsó por fármacos recetados con base en los BBAWP publicados por FDB o los AWP publicados por Medi-Span. Además, usted debe haber comprado los Fármacos en Cuestión entre el 1 de agosto de 2001 y el 15 de marzo de 2005.

Un TPP es una entidad que es:

  • Parte de un contrato, emisor de una póliza, o patrocinador de un plan, y

  • Bajo riesgo, según dicho contrato, póliza o plan de pagar o reembolsar la totalidad o parte del costo de los fármacos recetados despachados a personas naturales cubiertas. Los TPPs incluyen compañías de seguro, planes de salud sindicales y de beneficios de asistencia social, y empleadores auto asegurados. Cualquier entidad con planes auto financiados que contratan con una compañía de seguros de salud u otra entidad para funcionar como un administrador tercero de reclamos para administrar sus beneficios de fármacos recetados también califican como TPPs. Los planes privados que cubren a los empleados y/o jubilados gubernamentales también están incluidos.

Se excluyen del Acuerdo Propuesto las Demandadas y sus compañías matrices, subsidiarias, divisiones, asociadas y afiliadas, ya sean actuales o pasadas, directas e indirectas; y el gobierno de los Estados Unidos, sus funcionarios, agentes, agencias y departamentos; los Estados de los Estados Unidos y sus respectivos funcionarios, agentes, agencias y departamentos; y todos los demás gobiernos locales y sus funcionarios, agentes, agencias y departamentos. También, se encuentran presuntamente excluidos de la Clase aquellas entidades que son dueñas de u operan negocios conocidos comúnmente como gerentes de beneficios farmacéuticos (pharmacy benefit managers (“PBMs”). Estos PBMs, como parte de sus operaciones comerciales, contratan con Terceros Pagadores para llevar a cabo ciertos servicios en la administración y gestión de planes de beneficios de fármacos recetados y no son miembros de la Clase a menos que sean fiduciarios de los Terceros Pagadores o que por medio de un contrato asumieron, total o parcialmente, el riesgo de seguro de ese beneficio de fármaco recetado durante el periodo comprendido entre el 1 de agosto de 2001 y el 15 de marzo de 2005.

¿Qué provee el Acuerdo Propuesto?

McKesson pagará $350 millones para resolver la demanda, de los cuales hasta un máximo de $288,000,000 se compartirá entre TPPs. Según el Acuerdo, se designará el 82.52% de la Suma neta del Acuerdo para satisfacer los reclamos de TPPs y el 5.97% de la Suma neta del Acuerdo se designará con el objetivo de pagar los reclamos de consumidores que hicieron copagos. El resto se designará para pagar los reclamos de consumidores pagadores en efectivo.

¿Cómo presento un reclamo?

Usted debe completar el Formulario de Reclamo y enviarlo al Administrador del Acuerdo, con sello de franqueo postal a más tardar del 9 de julio de 2009, y dirigido a:

McKesson Settlement Administrator
c/o Rust Consulting, Inc.
P.O. Box 24607
West Palm Beach, FL 33416

Como parte de su reclamo, usted debe suministrar la información electrónica de respaldo y certificaciones solicitadas en el Formulario de Reclamo.

¿Es posible para mí excluirme del Acuerdo Propuesto?

Ya no es posible excluirse de la Clase o del Acuerdo Propuesto alcanzado en nombre de la Clase de TPPs. Un aviso de esta demanda y de las acusaciones en contra de McKesson se suministró con anterioridad a los miembros potenciales de la Clase de TPPs. Si usted le dio al Administrador del Acuerdo una notificación por escrito de su intención de excluirse de la Clase el o antes del 15 de noviembre de 2008, usted será excluido del Acuerdo Propuesto a menos que le diga al Administrador del Acuerdo que desea volver a incluirse en la Clase. Todas las solicitudes de inclusión deben hacerse por escrito y deben ser entregadas o enviadas con sello de franqueo postal a más tardar del 3 de junio de 2009. De otra manera, la fecha límite para excluirse ya pasó y sus reclamos serán automáticamente incluidos en el Acuerdo Propuesto.



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